Raphy Pina se acaba de enfrentar a un segundo revés judicial, por el caso de posesión ilegal de armas de fuego del que fue encontrado culpable en el 2022. Un juez de distrito en Puerto Rico, rechazó la solicitud de reconsideración de su libertad supervisada, presentada por su defensa.
En Las Top News te contamos en detalle qué alegó el equipo legal de la pareja de Natti Natasha. Además sobre cuál fue el motivo que dieron las autoridades para negarle la petición por segunda vez y por lo que deberá cumplir en su totalidad la condena que recibió hace cuatro años.
SEGUNDO RECHAZO DE LIBERTAD ANTICIPADA
Esta sería la segunda vez que Pina intenta ponerle fin de manera anticipada a la terminación de su periodo de supervisión conforme al estatuto federal. Y es que, en el mes de agosto, el productor musical y su equipo legal realizaron la solicitud pero la Fiscalía Federal y la Oficina de Probatoria se opusieron de manera rotunda a esta petición, alegando que la libertad supervisada era parte integral de la sentencia que recibió.
La petición de reconsideración del productor fue denegada este miércoles 9 de septiembre, por el juez de distrito federal, Francisco Besosa. A pesar de que el equipo legal de Pina, planteó que el magistrado se equivocó cuando señaló que su cliente reincidió “no mucho después de que su supervisión (por una convicción anterior) había terminado temprano”.
Y es que, en el 2015 Pina se vio involucrado en un caso de fraude, por lo que cumplió una sentencia de dos años de libertad supervisada. Al ser una persona convicta, él no podía poseer armas de fuego. Sin embargo, cuando en el 2020, agentes del FBI allanaron, una de sus residencias en Caguas, Puerto Rico, encontraron armas de fuego y municiones.
Al igual que en la solicitud anterior, esta petición de reconsideración fue negada por la Fiscalía Federal y la Oficina de Probatoria… Por otro lado, en la respuesta del juez Bebosa alegó: “Su conducta, tras cumplir la pena impuesta demuestra que no se vio disuadido de reincidir. Pina volvió a delinquir al poseer municiones siendo una persona con antecedentes penales, y fue condenado por dicho delito pocos años después de haber completado su pena anterior, incluida la finalización anticipada de su periodo de supervisión”.
En el documento de respuesta a la solicitud de Pina, el juez también reconoció su buena conducta en el proceso pero mantuvo la anterior reincidencia del productor musical: “Si bien su actual cumplimiento de las condiciones de libertad supervisada es encomiable, este hecho por sí solo no demuestra que dicha medida ya no sea necesaria. Persiste el hecho de que reincidió, y exigir que Pina complete los términos de su libertad supervisada contribuye a los objetivos de disuasión, protección pública, rehabilitación y respeto a la ley. Por consiguiente, el Tribunal determina que Pina debe completar la totalidad del periodo de libertad supervisada”.
EL PRIMER RECHAZO A SU SOLICITUD
Fue el pasado 2 de julio, cuando Rafael Antonio Pina Nieves, conocido como Raphy Pina, presentó una moción ante el Tribunal Federal y el juez de distrito. En ella, la pareja de Natty Natasha, solicitó la terminación temprana de la libertad supervisada, que le fue impuesta como parte de su sentencia tras ser encontrado culpable de posesión ilegal de armas de fuego.
Luego de esta solicitud, el juez Besosa, emitió una orden en la que dio plazo hasta el 16 de julio a la Fiscalía Federal y a la Oficina de Probatoria para presentar sus posiciones… El pasado miércoles 15 de julio, la oficial de probatoria, Sugeily Rivera Suazo presentó una moción de seis páginas, en ella explicó sus argumentos y recomendó que fuera denegada la petición presentada por Pina.
Según lo que estableció en la moción la oficial de probatoria: “Durante el periodo de supervisión, el señor Pina Nieves ha mantenido un domicilio estable y ha trabajado de manera continua en actividades relacionadas con la producción musical, ocupándose principalmente de gestionar la carrera artística de su esposa. Esto ha sido verificado mediante contactos periódicos de supervisión y la información financiera que proporcionó debidamente cada vez que su oficial de supervisión la solicitó.
Asimismo, el suscrito se puso en contacto con el oficial encargado de la supervisión de la libertad bajo fianza del señor Pina Nieves en el Distrito de Puerto Rico, quien confirmó que el señor Pina Nieves es propietario de negocios en la Isla, hecho que también fue verificado. El señor Pina Nieves cuenta con un apoyo prosocial adecuado. Además, el señor Pina Nieves completó las horas de servicio comunitario impuestas, satisfizo debidamente la cuota monetaria especial y otras sanciones económicas (verificado con la Secretaría del Tribunal y el Programa de Litigios Financieros) y mantiene comunicación con su oficial de libertad vigilada según lo requerido”, continuó.
También explicó que el productor no había sido imputado de ningún caso criminal durante su periodo en libertad supervisada. Sin embargo, recibió dos multas en noviembre de 2024, por conducir un transporte marítimo a alta velocidad en una zona de manatíes, un mamífero en peligro de extinción y “El 25 de noviembre de 2025, el señor Pina Nieves recibió una citación penal por la alteración u ocultación ilegal de la matrícula, bajo el caso n.º 25-18467-TC10A del condado de Broward (Florida). El 8 de febrero de 2026, el caso fue desestimado”.
Debido a estas alegaciones, Rivera le sugirió al juez que rechazara la petición de Pina: “La recomendación de la Oficina de Libertad Supervisada de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico es que la supervisión continua se mantenga acorde con los objetivos de la sentencia en este caso”.
Como te contamos al inicio, quien también se opuso fue la Fiscalía Federal, quienes alegaron que la libertad supervisada era parte integral de la sentencia que recibió… Finalmente fue el pasado 29 de julio, cuando el juez federal Francisco Besosa, tomó una decisión apegándose a las recomendaciones anteriormente expuestas.
El juez Besosa reconoció los esfuerzos del productor en actividades benéficas y servicio comunitario, así como su cumplimiento con las condiciones impuestas por el tribunal. Sin embargo, determinó que esos factores no eran suficientes para justificar el fin adelantado de la supervisión: “El tribunal determina que la terminación anticipada de la libertad supervisada de Pina no está justificada. Por un lado, sus esfuerzos caritativos y su servicio comunitario son loables. También lo es su cumplimiento con las condiciones de su libertad, aunque esto es meramente hacer lo que él mismo acordó hacer y lo que la ley exige que haga”.
En el documento también se mencionó los dos incidentes ocurridos durante el periodo de supervisión. Además, se reconoció que la libertad supervisada, representa una dificultad para Raphy, debido a sus compromisos de viaje relacionados con sus negocios:
“El Tribunal no considera que sus dos citaciones penales mientras estaba bajo supervisión sean infracciones lo suficientemente graves, por sí solas, como para denegar una solicitud de terminación anticipada de la supervisión. El Tribunal también reconoce las dificultades que la supervisión impone a su necesidad de viajar para sostener sus negocios, aunque esta dificultad se ve parcialmente atenuada por el hecho de que las condiciones de su libertad ya han sido relajadas sustancialmente para facilitar los viajes relacionados con su trabajo”.
Sin embargo, sí mostró preocupación con que Pina fuera un reincidente, esto debido a que, el productor musical anteriormente recibió una terminación temprana de su libertad supervisada en otro caso:
“El tribunal considera muy significativo que Pina sea un reincidente y que haya recibido la terminación anticipada del término de su libertad supervisada por su primer delito. Al solicitar la terminación anticipada de la supervisión la primera vez, presentó un argumento similar al que plantea aquí: que su cumplimiento con las condiciones de libertad y el servicio comunitario demostraban que representaba un bajo riesgo de reincidencia. Su supervisión fue terminada anticipadamente esa primera vez. Pero varios años después fue sorprendido cometiendo el delito con armas de fuego que fundamenta su condena actual. Aunque no reincidió dentro del periodo reducido de su término original de libertad supervisada, el hecho de que haya reincidido poco tiempo después de que su supervisión fuera terminada anticipadamente demuestra que su rehabilitación estaba incompleta.
Dado este historial, el Tribunal no puede concluir que el riesgo de reincidencia de Pina sea bajo ni que la supervisión continua no sea necesaria para fomentar su rehabilitación y proteger al público de posibles delitos adicionales”, finalizó.

LA CONDENA QUE CUMPLE PINA
El 24 de mayo del 2022, el juez Francisco Besosa del tribunal de Puerto Rico, le dictó la sentencia de 41 meses de cárcel y 3 años de probatoria, luego de ser encontrado culpable de posesión ilegal de armas de fuego. Pese a que realizó varias apelaciones, ningún juez había dado a lugar.
Sin embargo, su buena conducta y el cumplimiento de las casi tercera parte de la condena, habría hecho que, saliera en libertad.

















